Estatuto del residente en barrios turísticos
Descripción
Objetivos
El mayor patrimonio de una ciudad es el patrimonio humano, sin él las ciudades no son tales. La pluralidad y complejidad son su esencia. Para preservarlas es necesario que los usos que soportan sean diversos, complementarios y compatibles con la vida de los residentes. La singularidad de las ciudades está en la capacidad de sus gentes.
Este laboratorio intenta encontrar propuestas para ser englobadas dentro de un “Estatuto del Residente de Barrios Turísticos” que ha de contener prescripciones básicas tendentes a la preservación del patrimonio humano en estos barrios como garante de su conservación.
Este Estatuto no pretende otorgar un status especial o privilegiar a unos ciudadanos sobre otros, por el contrario, su objetivos es la homologación de derechos y deberes. Asunto que debe resolverse dentro del derecho general a la ciudad establecido para todos y cada uno de los habitantes del planeta. De esta manera, asegurar la conservación de las ciudades ante usos y maneras ajenos a su propia fundación y cometido.
El laboratorio se inicia queriendo dar respuesta a estas preguntas:
- ¿Cómo asegurar que los barrios turísticos no pierdan servicios básicos para sus vecinos?
- ¿Cómo homologar los estándares de habitabilidad (espacios libres, equipamientos, movilidad…) con el resto de la ciudad?
- ¿Qué medidas preventivas, correctoras y compensatorias se deben tomar para paliar el impacto turístico sobre estos barrios?
Propuesta
La propuesta es la elaboración de un “Estatuto del residente de barrios turísticos” cuyo espíritu y redacción se sustenta en el derecho a la ciudad adquirido por todos y cada uno de los ciudadanos y en el entendimiento del turismo de masas como una actividad de fuerte impacto medio ambiental y que como tal ha de contar con medidas específicas de control y compensatorias. Este Estatuto establecería las directrices para minimizar el impacto del turismo, equilibrando usos y permitiendo la heterogeneidad fundamental para su pervivencia.
El derecho a la ciudad
“Toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente adecuado para su salud y su bienestar”
ONU 68 sesión plenaria diciembre 1990.
En su expresión básica se define el Derecho a la Ciudad como el que asegura a cada ciudadano el libre acceso y disfrute de la ciudad existente tanto en sus aspectos y manifestaciones materiales como inmateriales, así como a ser participe en su modificación, actualización y mejora. “Es importante aclarar que el derecho a la ciudad no es un derecho más, es el derecho a hacer cumplir los derechos que ya existen formalmente”. Este derecho aspira a asegurar a los habitantes de las ciudades una experiencia urbana plena e igualitaria que permita mejorar su bienestar y calidad de vida.
En sus aspectos generales este derecho pretende que este hábitat humano, plural y complejo favorezca un tejido propicio para el desarrollo de una vida digna y una convivencia pacífica, asegurando la cohesión, la igualdad de derechos, y la construcción y gobernanza participada.
El Derecho a la Ciudad es interdependiente de todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos, concebidos integralmente, e incluye, por tanto, todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales que ya están incluidos en los tratados internacionales de derechos humanos.
La vida en la ciudad y su uso, que dan derechos a sus residentes, incluye necesariamente el principio de sostenibilidad entendido como “el desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”.
Derechos generales de los ciudadanos
Se consideran ciudadanos a todas las personas que habitan de forma permanente o transitoria en las ciudades.
Los derechos generales de los residentes de las ciudades están incluidos en la relación de los Derechos Humanos, más precisamente en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) que incluye el derechos a la alimentación, a la educación, al trabajo, a la salud, a la vivienda, a la seguridad social, a la cultura, a un medio ambiente sano, a un nivel de vida adecuado, al agua y a la familia.
En particular, en base al principio de igualdad de derechos y de no discriminación y a la obligada solidaridad y protección de los colectivos y ciudadanos más vulnerables, los derechos de los habitantes de las ciudades se establecen conforme a los siguientes bloques:
- Derecho al trabajo, a la vivienda y a un medio ambiente sano y sostenible
- Derecho a la libertad cultural, lingüística y religiosa.
- Derecho al bienestar y al progreso científico y tecnológico
- Derecho al ejercicio pleno de la ciudadanía, a la gestión democrática de la ciudad y a la participación en la planificación y gestión social de la ciudad.
- Derecho al desarrollo urbano equitativo y sustentable
- Derecho a la información pública
- Derecho a la integridad, seguridad pública y a la convivencia pacífica.
- Derecho al agua, al acceso y suministro de servicios públicos domiciliarios y urbanos
- Derecho a espacios públicos y de relación
- Derecho al transporte público y la movilidad urbana
Impacto del turismo masivo
El turismo masivo conlleva una gran dosis de perturbación y alteración del medio en que se instala. Todo ellos, sitios o paisajes de conformación y belleza singular y frágil equilibrio en inicio. Tras su implantación como nodo turístico quedan gravemente desfigurados si no destruidos.
Ha quedado demostrado que el impacto del turismo masivo en el medio urbano se caracteriza por la ocupación de los espacios públicos, la congestión del tránsito y de los servicios urbanos, un considerable aumento del ruido, la tematización del consumo y la inflación local de precios, la banalización de su patrimonio material e inmaterial, la oferta de bienes y servicios para el exclusivo consumo de los extranjeros. A medio plazo y sin medidas correctoras, conlleva a la desertización y el empobrecimiento de la experiencia y convivencia de los residentes que inexorablemente hará que el barrio se vacíe.
Relación (no definitiva) de los derechos y deberes de los residentes en barrios turísticos
Tras el debate de la oportunidad, términos, objetivos y límites de esta propuesta, se ha procedido a realizar primer inventario de elementos relevantes a ser incluidos de modo que puedan servir de guía para ser completados por medio de la colaboración de otros vecinos.
Aspectos básicos
- Derecho a la información y participación en los asuntos internos al barrio.
- Derecho a lugares de aprovisionamiento de proximidad.
- Programa anual de inversiones específicas (reposición de pavimentos, jardinería, mobiliario…) con asignación económica suficiente y diseño participados por los residentes.
- Infraestructura de distribución de servicios urbanos (agua, saneamiento, energía, fibra óptica…) que asegure un caudal suficiente y servicio eficiente.
Aspectos urbanísticos
- Promover y fomentar casas de alquiler para residentes a precios asequibles.
- Disponer y asignar ayudas económicas y asistencia técnico-administrativa para incentivar y posibilitar las obras de mejora en las casas de los residentes. En el caso de barrios históricos la gestión y conservación de los edificios es delicada y costosa.
- Control e inspección sobre situaciones de usos urbanos irregulares con aplicación con lo establecido en las normas de disciplina urbanística.
- Cuantificar y limitar el uso urbanístico residencial turístico.
- Cuantificar y limitar el uso urbanístico para instalaciones y equipamientos turísticos.
- No permitir, o limitar a casos excepcionales, la entrada de unidades de aprovechamiento urbanístico pertenecientes a unidades de ejecución externas al perímetro del barrio.
- Derecho a tener espacios libres de relación y equipamientos de proximidad para los residentes con superficie y capacidad suficiente. El mínimo para residentes será el establecido en la Ley de Ordenación Urbana.
Aspectos de convivencia y espacio público
- Derecho a la seguridad física. Policía de proximidad
- Derecho al silencio y al descanso
- Derecho a disponer de espacios libres públicos en cuantía suficiente.
- Regulación del espacio público conforme a su capacidad (terrazas, mercadillos, venta ambulante, espectáculos, grupos de turistas…) impidiendo su privatización y asegurando el uso cotidiano habitual de los residentes.
- Policía turística para aplicación modulada y acorde con las características intrínsecas del barrio de las Ordenanzas generales de fomento de la convivencia ciudadana en el espacio público.
- Protocolo participado para la autorización y formalización de la agenda anual de actividades en vías y espacios públicos (fiestas y eventos, ocupación y obstaculización de espacios y vías públicas, espectáculos y música callejera…).
- Derecho a la limpieza del espacio público proporcionada a la intensidad del uso que de él se hace.
Aspecto patrimonial
- Mantener en buen estado de conservación y seguridad el Patrimonio Histórico.
- Restauración y rehabilitación del patrimonio para espacios de uso vecinal
Aspectos de movilidad
- Derecho al transporte público y la movilidad urbana
- Derecho a la accesibilidad y movilidad peatonal y rodada propia, de allegados y de mercancías en las mejores condiciones teniendo en cuenta la singularidad morfológica, topográfica e histórica del barrio.
- Derecho a la asistencia de emergencias durante las 24 horas de los 365 días del año.
Deberes de los residentes
- Procurar su abastecimiento personal y familiar en los comercios del barrio
- Rescatar, preservar y actualizar los eventos tradicionales.
- Fomentar las actividades culturales.
- Mantener un comportamiento cívico, incluyendo hábitos respetuosos, saludables e higiénicos.
- Disponibilidad a dar la información que necesiten o demanden los visitantes.
- Advertir a los distintos organismos de los desperfectos, disfunciones o malos usos que se observen.
- Cuidar del estado de su calle, casa y jardines privados.
- Participar en las acciones de mejora del barrio y en la vigilancia y fomento del Estatuto.
En este Laboratorio han colaborado: Alba Recalde Aguirre, Alejandro Martínez, Emilio Gómez-Villalba, Dolores Fandila Doña, Ferdaouss Boughalala El Majdoub, Guiselle Rocío Montesinos, Javier Rodríguez Árbol, Javier Fernández García, Jorge Fernández, José Luis Luque Espinosa, José Ramos Roldan, Manuel Sánchez López, Raquel Ruz Peis, Vincent Morales Garoffolo.
Imagen Sacromonte, de Sara Amaro, con licencia CC BY 2.0.
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